Convivencia

La coexistencia de cristianos, musulmanes y judíos en la Castilla medieval obligó a crear una serie de mecanismos para la convivencia, que en algunos aspectos garantizaban a los musulmanes el mantenimiento de una personalidad y organización propias (la aljama), pero que en otros resultaban restrictivos: obligatoriedad de vivir en barrios propios (morerías), pago de impuestos especiales, reservas religiosas, limitaciones profesionales, etc., lo que a la larga desembocó en la forzosa conversión de 1502.

A lo largo de los siglos XIII al XV, los mecanismos para favorecer la convivencia con la minoría mudéjar (casi siempre dirigidos conjuntamente también a los judíos) fueron en su mayoría leyes o medidas de carácter discriminatorio, de forma que mediante prohibiciones u obligaciones expresas, fue regulándose la coexistencia de la multicultural sociedad medieval hispana.

El pago de impuestos específicos a cambio de permitírseles practicar su religión fue una de las primeras fórmulas adoptadas con moros y judíos, tanto por los poderes eclesiásticos, primero, como civiles, más tarde. A ello se unió con el tiempo la discriminación física como otra de las medidas que se contemplaron para distinguir a judíos y sarracenos en el seno de la sociedad cristiana. Pero sin duda, los ordenamientos más enérgicos y determinantes para el devenir de los mudéjares se vivieron a partir del siglo XV cuando se les obligó a vivir separadamente.

Con todo, la vida diaria cuenta con innumerables testimonios de vida en común a lo largo de toda la Edad Media, con una participación de los mudéjares en la vida social, económica e incluso militar en la sociedad castellana.

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