Convivencia
La coexistencia de cristianos, musulmanes y judíos en la Castilla medieval obligó a crear una serie de mecanismos para la convivencia, que en algunos aspectos garantizaban a los musulmanes el mantenimiento de una personalidad y organización propias (la aljama), pero que en otros resultaban restrictivos: obligatoriedad de vivir en barrios propios (morerías), pago de impuestos especiales, reservas religiosas, limitaciones profesionales, etc., lo que a la larga desembocó en la forzosa conversión de 1502.A lo largo de los siglos XIII al XV, los mecanismos para favorecer la convivencia con la minoría mudéjar (casi siempre dirigidos conjuntamente también a los judíos) fueron en su mayoría leyes o medidas de carácter discriminatorio, de forma que mediante prohibiciones u obligaciones expresas, fue regulándose la coexistencia de la multicultural sociedad medieval hispana.
El pago de impuestos específicos a cambio de permitírseles practicar su religión fue una de las primeras fórmulas adoptadas con moros y judíos, tanto por los poderes eclesiásticos, primero, como civiles, más tarde. A ello se unió con el tiempo la discriminación física como otra de las medidas que se contemplaron para distinguir a judíos y sarracenos en el seno de la sociedad cristiana. Pero sin duda, los ordenamientos más enérgicos y determinantes para el devenir de los mudéjares se vivieron a partir del siglo XV cuando se les obligó a vivir separadamente.
Con todo, la vida diaria cuenta con innumerables testimonios de vida en común a lo largo de toda la Edad Media, con una participación de los mudéjares en la vida social, económica e incluso militar en la sociedad castellana.
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Expulsión