Junta de Castilla y León
Consejería de Industria, Comercio y Turismo


Orden de 23 de junio de 1998, de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, por la que se convocan subvenciones en los programas de Fomento de Empleo para 1998 y 1999, del nuevo Plan Regional de Empleo de Castilla y León, relativos al fomento de los Nuevos Yacimientos de Empleo, de la contratación del primer trabajador por parte de autónomos y profesionales que carezcan de trabajadores por cuenta ajena y de fomento de la contratación por sustitución de ausencias en la empresa (publicada en el BOCYL Nº 122 de fecha 30 de junio de 1998).

PROGRAMA IV, DE FOMENTO DE LA CONTRATACIÓN POR SUSTITUCIÓN DE AUSENCIAS EN LA EMPRESA.

Finalidad:Realización de nuevos contratos para suplir ausencias en las empresas derivadas de bajas por enfermedad, guarda legal, maternidad, vacaciones, exámenes, servicio militar o prestación social sustitutoria y demás supuestos legales.
Beneficiarios: Personas físicas o jurídicas con o sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en la Comunidad de Castilla y León y que contraten a trabajadores en centros de trabajo ubicados en Castilla y León, para suplir estas ausencias.
Destinatarios:
  • Jóvenes desempleados menores de 25 años que no hayan cumplido de forma continuada su sexto mes de desempleo.
  • Mayores de 25 años desempleados que no hayan cumplido de forma continuada su 12º mes de desempleo.
  • Discapacitados desempleados.
  • Perceptores de ingresos mínimos de inserción.
Requisitos de la contratación a subvencionar:
  • Contratos a jornada completa o a tiempo parcial siempre que la jornada de trabajo se igual o superior al 50% de la jornada ordinarial.
  • Duración de la contratación, como mínimo 3 meses.
  • Modalidad contractual será el contrato de interinidad.
  • La nueva contratación puede sustituir a una o varias personas.
  • Los trabajadores no deben haber mantenido relación laboral de ningún tipo con la entidad solicitante en los 6 meses anteriores, exceptuados aquellos trabajadores vinculados por relación laboral temporal que hubiera llegado a su fin por cumplimiento del plazo u objeto del contrato.
Cuantía:
  • Contratos de 3 a 6 meses: hasta el 80% de la cotización mensual, multiplicado por los meses de duración del contrato.
  • Contratos con duración superior a 6 meses: hasta el 90% de la cotización mensual multiplicada por los meses de duración del contrato.
Plazo de presentación:
Máximo de 2 meses desde la fecha de formalización del contrato de trabajo.
En todo caso el plazo de presentación de solicitudes finaliza el 30 de septiembre de 1999.
Lugar:
Oficina Territorial de Trabajo de la provincia correspondiente.

Coordinación de la Información: Consejería de Industria Comercio y Turismo
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