| APARICIO PÉREZ, Antonio Profesor Titular de Derecho Financiero y Tributario. Universidad de Oviedo. RESUMEN La Constitución española establece tres niveles de gobierno y administración: estatal, autonómico y local. El grado de autonomía y competencia de cada uno de estos niveles es diferente en la medida en que los objetivos y funciones que desempeñan son distintas. Ahora bien, para que los entes locales municipales puedan tener operatividad propia, necesitan tener suficiencia financiera. La financiación de los entes locales presenta tres peculiaridades: la falta de homogeneidad de los municipios, el gran número de ellos, y su colocación constitucional en el nivel más restringido de autonomía. Esta posición constitucional es la que da al municipio su más fuerte especialidad y la que constituye el eje de este trabajo. 7o Congreso (Soria, 2000), El Sector público II: Entes Locales Comunicaciones 3, páginas 1721-1735 [ver documento] (tamaño: 238 KB) |