Elecciones a las Cortes de Castilla y León
La disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, habilita al Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean precisas para su cumplimiento y ejecución.
Mediante este Real Decreto se regulan distintos aspectos del proceso electoral como la infraestructura material que la votación requiere, el régimen de dietas y gratificaciones de los miembros de las Juntas Electorales Provinciales y de Zona y del personal a su servicio, la solicitud de voto por correo y la jornada electoral.
Real Decreto de regulación complementaria de los procesos electorales (589 kbytes)
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