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Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del Derecho de Asilo y de la Condición de Refugiado modificada por la Ley 9/1994 de 19 de mayo y Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

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Descripción:

Regula el derecho de asilo y la condición de refugiado de forma complementaria a la Convención sobre el  Estatuto de los Refugiados hecha en Ginebra en 1951 y al Protocolo de Nueva York de 1967, Instrumentos a los que España se adhirió el 22 de junio de 1978.

El derecho de asilo reconoce la protección a personas perseguidas en sus países por motivos de raza, religión, nacionalidad, etc. La protección primaria establecida consiste en no devolver a la persona al Estado perseguidor. Además se pueden reconocer una serie de medidas como autorización para trabajar o asistencia social.

La ley establece el procedimiento para la solicitud del asilo y los efectos de la concesión y renovación del mismo.

Ámbito de aplicación:

Estatal

Boletín y Fecha de publicación:

  • B.O.E nº 74, de 27 de marzo de 1984
  • B.O.E nº 122, de 23 de mayo de 1994
  • B.O.E. nº 71, de 23 de marzo de 2007