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Presentación del informe de gobierno corporativo de las fundaciones bancarias

En el artículo 48 de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre, de cajas de ahorros y fundaciones bancarias se establece la obligación de aprobar, publicar y presentar al Protectorado el informe anual de gobierno corporativo de las fundaciones bancarias.

El informe de gobierno corporativo ha de tener la estructura, composición y contenido que se determina en la Orden ECC/2575/2015, de 30 de noviembre.

Los patronatos de las fundaciones bancarias han de remitir el informe anual de gobierno corporativo al Protectorado competente por vía telemática a través del sistema que éste determine.

El plazo máximo para remitir el informe anual de gobierno corporativo al Protectorado será de cuatro meses desde la finalización del ejercicio económico.

Los informes de gobierno corporativo serán objeto de publicación en la página web de la fundación bancaria. La publicación se realizará en un lugar de la página visible, de fácil acceso y claramente señalizado. La publicación deberá mantenerse en la página durante un plazo no inferior a cinco años.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, la fundación bancaria adoptará las medidas necesarias para garantizar que el informe de gobierno corporativo sea accesible al público, quien podrá consultarlo durante un plazo no inferior a cinco años.

La publicación se realizará de manera inmediata, y en todo caso en un plazo no superior a díez días a la remisión al Protectorado.

En el caso de que se produzca subsanación de deficiencias, será publicado el nuevo informe con un resumen de las correcciones efectuadas.

Presentación del Informe de Gobierno Corporativo de las Fundaciones Bancarias