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Administración Pública de Castilla y León

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Composición de órganos de gobierno

La inscripción es exigible para todos los colegios profesionales y consejos de colegios de Castilla y León.

Las inscripciones son exigibles a los meros efectos de publicidad.

TRAMITACIÓN

Solicitud: Suscrita por el Presidente del Colegio Profesional o del Consejo de Colegios, a la que debe acompañarse certificado expedido por el Secretario del Colegio Profesional o del Consejo de Castilla y León, de la composición del órgano de gobierno, indicando cargos que lo integran, nombre y apellidos y fecha de toma de posesión de cada uno de ellos. En el supuesto de renovación o modificación parcial, deben especificarse los cargos a que afecta.

Trámite: Electrónico

Enlace: Inscripción de Órganos de Gobierno de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios  

Dependencia funcional: Consejería de la Presidencia

Dependencia orgánica: Consejería de la Presidencia.

Centro Directivo: Dirección General de Atención al Ciudadano y Calidad de los Servicios

Órgano Gestor: Servicio de Colegios Profesionales

Órgano que resuelve: Servicio de Colegios Profesionales

Plazo: Tres meses.

Efecto del Silencio: Estimatorio