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Administración Pública de Castilla y León

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Oficinas de asistencia en materia de Registros

Las oficinas son los órganos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León encargados de prestar a la ciudadanía la asistencia presencial en materia de registros, sin perjuicio de la asistencia prestada por otros  órganos y unidades en el ejercicio de sus funciones de gestión o tramitación administrativa. 

Son las siguientes:

  1. Las oficinas generales, situadas en la capital de cada provincia, en la sede de la respectiva delegación territorial.
  2. Las oficinas departamentales, situadas en la sede de las consejerías, en la ciudad de Valladolid.
  3. Los puntos, ubicados en las localidades de Arenas de San Pedro (Ávila), Miranda de Ebro, Aranda de Duero y Condado de Treviño (Burgos) y Ponferrada (León). 
  4. Otras unidades y órganos que prestan asimismo servicios de asistencia en materia de registros, ubicadas tanto en capitales como en municipios del entorno rural en cada provincia.

El listado de estas oficinas, con su ubicación, horarios y servicios, se encuentra permanentemente actualizada en el archivo descargable disponible a continuación. Asimismo, se incluye un enlace a un directorio geográfico que permite la localización de la oficina más próxima.

Las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León desarrollarán las funciones relacionadas en los artículos 12 y siguientes del decreto por el que se regulan las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, entre otras:

  • Información administrativa general y, sólo en las oficinas habilitadas, particular.
  • Registro de documentos a las personas no obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración, que incluye la expedición de copias electrónicas auténticas a través de la digitalización de documentos presentados a registro en soporte papel u otro soporte no electrónico susceptible de digitalización, a efectos de su incorporación al correspondiente expediente administrativo electrónico, y la emisión de un recibo acreditativo de la fecha y hora de presentación junto así como la devolución de los originales a la persona interesada.
    Los asientos registrales se remitirán inmediatamente a los órganos, centros o unidades destinatarios, por medios electrónicos, salvo que el destino no esté integrado en el Sistema de Interconexión Registral.
  • Inscripción, aceptación, revocación, prórroga o renuncia de poderes en el registro electrónico de apoderamientos, a través de comparecencia personal en las oficinas de asistencia habilitadas.
  • Asistencia en el uso de medios electrónicos a las personas interesadas, no obligadas a relación electrónica con la administración, que así lo soliciten, en relación con trámites y procedimientos del ámbito de actuación de la respectiva oficina para los que se confiera habilitación, especialmente en lo referente a la identificación o firma electrónica y la presentación de solicitudes a través de la Sede Electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • Práctica de notificación o comunicación por medio no electrónico, cuando la persona interesada, no obligada a relacionarse electrónicamente con la administración, lo solicite con ocasión de su comparecencia espontánea, o la de su representante, en las oficinas de asistencia en materia de registros habilitadas, en su caso, para los trámites y procedimientos de su respectivo ámbito de actuación.

Encuesta de satisfacción ciudadana de las oficinas de registro

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Encuesta de satisfacción ciudadana de las oficinas de registro