| MORALES GUERRERO, Ana Profesora del Departamento de Economía Financiera y Contabilidad. Universidad de Valladolid. RESUMEN A partir de la aprobación de la Ley de Fundaciones de 1994, todas las fundaciones están obligadas a presentar sus cuentas al Protectorado u órgano de control, que procederá a depositarlas en el Registro de Fundaciones, una vez examinadas y comprobada su adecuación a la normativa vigente. Para la elaboración de estos estados contables las fundaciones cuentan con una adaptación sectorial del Plan General de Contabilidad, tras la aprobación en mayo de 1998 del Plan General de Contabilidad para las entidades sin fines lucrativos. En la presente comunicación se exponen cuáles son las deficiencias que presentan los estados contables y cuáles son las necesidades de información de estas entidades atendiendo a sus peculiaridades. Por último, se analiza cual es la situación de las fundaciones en el ámbito de Castilla y León una vez asumidas las competencias en esta materia, y la calidad de su información contable. 7o Congreso (Soria, 2000), La Empresa en Castilla y León IV Comunicaciones 3, páginas 1426-1438 [ver documento] (tamaño: 231 KB) |