Familia, mujer, adicciones
En los procesos de separación, nulidad o divorcio y en general, en los supuestos de ruptura de la convivencia familiar, se presentan en ocasiones serias dificultades y los poderes públicos deben articular recursos encaminados a garantizar la continuidad de los contactos de los y las menores con ambos progenitores siempre que con ello se contribuya a su adecuado desarrollo, favoreciendo además la adopción de acuerdos entre las partes en conflicto en todo lo referente a la atención y bienestar de sus hijos e hijas.
La Comunidad de Castilla y León cuenta con una red privada de Puntos de Encuentro Familiar que atiende la demanda hasta ahora existente, derivada de los juzgados y del organismo competente en protección a la infancia.
Este Decreto pretende garantizar la adecuada calidad en la prestación del servicio y un funcionamiento homogéneo en todos los Puntos de Encuentro Familiar de Castilla y León. Igualmente en el texto se establecen los requisitos que deben reunir para obtener la autorización necesaria para llevar a cabo sus actuaciones.
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