Familia, mujer, adicciones
La Orden FAM/1693/2004, de 26 de octubre, desarrolla el Título I "De la formación juvenil", del Decreto 117/2003, de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil en Castilla y León.
El artículo 16.2.a) de la citada Orden dispone que para la convalidación del bloque de libre de elección de la titulación de monitor de nivel, se deberá acreditar la condición de experto en alguna de las materias que se aprobarán mediante Resolución del titular del órgano u organismo competente en materia de juventud.
Asimismo, la disposición adicional sexta de la mencionada Orden establece que se aprobará mediante Resolución del titular del organismo competente en materia de juventud las materias por las cuales se puede acreditar la condición de experto en actividades de tiempo libre.
Vigente
Autonómico
B.O.C. y L. n.º 57 - Miércoles, 23 de marzo 2005