PRESENTACIÓN
Mediante
Acuerdo firmado el 17 de junio de 1997 entre la Comunidad Autónoma de Castilla y León y
los Agentes Sociales, sobre el Diálogo Social para el Desarrollo Socioeconómico de
Castilla y León, se acordó la creación de un Servicio Público Regional de Colocación
que actúe en la intermediación laboral y permita conocer la situación real del mercado
laboral
El 2
de febrero de 1998 se firmó el Convenio de Colaboración entre el I.N.E.M. y la
Consejería de Industria, Comercio y Turismo de la Junta de Castilla y León por el que se
crea una Agencia de Colocación de ámbito autonómico y sin fines lucrativos, con la
denominación de Servicio Regional de Colocación.
NORMATIVA
-
Orden
de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, de 20 de abril
de 1998, por la que se regula el funcionamiento del Servicio Regional
de Colocación (BOCYL 28 de mayo de 1998).
-
Orden
de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo, de 5 de octubre
de 1998, por la que se modifica la de 20 de abril de 1998 (BOCYL
9 de octubre de 1998).
-
Orden
de 16 de noviembre de 1999, de la Consejería de Industria, Comercio
y Turismo, por la que se modifica la Orden de 20 de abril de 1998,
por la que se regula el funcionamiento del Servicio Regional de
Colocación (BOCYL 13 de diciembre de 1999).
-
Orden
de 29 de noviembre de 1999, de la Consejería de Industria, Comercio
y Turismo, por la que se crean y regulan nuevos ficheros automatizados
de datos de carácter personal en la Consejería de Industria, Comercio
y Turismo (BOCYL 13 de diciembre de 1999).
-
Orden
de 23 de mayo de 2000, de la Consejería de Industria, Comercio
y Turismo, por la que se modifica la Orden de 29 de noviembre
de 1999, por la que se crean y regulan nuevos ficheros automatizados
de datos de carácter personal en la Consejería de Industria, Comercio
y Turismo (BOCYL 13 de junio de 2000).
- Orden
de 20 de diciembre de 2000, de la Consejería de Industria,
Comercio y Turismo, por la que se modifica la Orden de 20 de abril
de 1998, por la que se regula el funcionamiento del Servicio Regional
de Colocación (BOCYL 28 de diciembre de 2000).
OBJETIVOS
- Relacionar ofertas y
demandas mediante un proceso transparente y equitativo que asegure una igualdad de
oportunidades a todos los demandantes de empleo.
- Ofrecer un servicio
capaz de adaptarse rápidamente a las necesidades de un mercado laboral en constante
evolución.
- Favorecer la mejor
cobertura de las ofertas de trabajo.
- Facilitar la
utilización abierta de los servicios a todos los usuarios posibles, homogeneizando los
criterios de actuación.
- Impulsar una acción
común que evite la duplicidad de esfuerzos en el ámbito de la formación ocupacional.
ACCIONES
La Consejería de Industria,
Comercio y Turismo, mediante el Servicio Regional de Colocación, directamente o por medio
de los centros asociados, lleva a cabo las siguientes acciones:
- Información y
direccionamiento.
La
información consiste en proporcionar a la persona demandante de empleo los datos
necesarios sobre las diferentes acciones que realiza el Servicio Regional de Colocación o
cualquier otra acción formativa o de empleo.
Son puntos de información las
oficinas de la Dirección General de Trabajo, las Oficinas Territoriales de Trabajo,
cualquier Centro Asociado al Servicio Regional de Colocación.
El direccionamiento consiste en
poner en contacto a las personas demandantes de empleo con el Centro Asociado.
Son puntos de direccionamiento los
siguientes números de atención e información telefónica:
902-20.80.80: para
demandantes de empleo.
902-30.90.90: para oferentes de empleo.
- Tratamiento de las demandas
de empleo.
Implica la
realización de las siguientes acciones:
- Introducción del curriculum
vitae: comporta la realización de una entrevista individual y personalizada, la
comprobación y validación de los datos que contiene el curriculum y los documentos
acreditativos aportados por el usuario del servicio.
La entrevista tiene por finalidad
ver la adecuación de los datos del curriculum con la relación de ocupaciones a las que
opta la persona demandante de empleo y asesorarla sobre esta ocupación u otras
alternativas.
- Modificación del curriculum
la persona demandante de empleo: podrá solicitar, en cualquier momento, al centro
que introdujo su curriculum, la rectificación, modificación o cancelación de los datos
contenidos en su curriculum.
- Comprobación de la
disponibilidad de la persona demandante de empleo para la oferta en la que saliese
como candidata y comunicación de esta disponibilidad a los Servicios Centrales del
Servicio Regional de Colocación.
- Renovación del curriculum
cuando lo solicite el demandante de empleo: la renovación consiste en el
mantenimiento del curriculum disponible para su emparejamiento.
La vigencia del servicio ofrecido al
demandante es de un año. Si quiere que le sigan ofreciendo los servicios deberá renovar
su solicitud y lo podrá hacer desde cualquier punto de información.
- Captación de las ofertas de
trabajo.
La
captación y tratamiento de ofertas por parte de los centros asociados de las ofertas de
trabajo que presentan, las diferentes empresas o entidades consisten en:
- Ayudar a las empresas, para la
definición de los puestos de trabajo ofertados y de los perfiles profesionales necesarios
para cubrir esta oferta de trabajo.
- Ayudar a las empresas en la
elaboración del documento de oferta.
- Introducir en la red informática
del Servicio Regional de Colocación el documento de oferta.
- Seguimiento y cierre del resultado
de la oferta.
- Intermediación entre la
oferta y la demanda.
Consiste
en el cruce de los datos objetivos de la oferta y la demanda para seleccionar las personas
más idóneas para ocupar el puesto de trabajo ofertado.
Son usuarios del Servicio Regional
de Colocación tanto las personas demandantes como los oferentes de empleo.
CENTROS
ASOCIADOS
Podrá ser Centro Asociado al
Servicio Regional de Colocación cualquier entidad pública o privada constituida bajo
cualquier forma jurídica, con un ámbito de actuación relacionado con el mercado de
trabajo y que reúna los siguientes requisitos:
- Contar, como mínimo, con un
profesional suficientemente capacitado para realizar las tareas de entrevista y
asesoramiento a los demandantes de empleo, así como para el asesoramiento a las empresas
introductoras de ofertas.
- Disponer de un local con despacho
para la atención individual de los demandantes de empleo.
- Disponer de un fax con línea
dedicada.
- Disponer de un acceso básico de red
digital de servicios integrados.
- Disponer de un ordenador personal,
con conexión externa exclusiva a la red digital de servicios integrados y protocolo de
comunicaciones TCP/IP.
- La solicitud habrá que tramitarla en
el modelo normalizado que se publica como anexo en la Orden de la Consejería de
Industria, Comercio y Turismo, de 5 de octubre de 1998.
El procedimiento tramitado
terminará, en el caso de aprobarse dicha solicitud, con la firma de un Convenio de
Colaboración entre la Comunidad Autónoma y la entidad, (según modelo publicado en la
Orden citada).
DATOS ACTUALES DEL SERVICIO
(2ª semana de Agosto del 2002)
OFERTAS DE EMPLEO
El Servicio Regional de
Colocación de la Junta de Castilla y León mantiene diariamente actualizada una página
en Internet, en la que Ud. encontrará una relación de ofertas de empleo a las que podrá
acceder de estar interesado y cumplir los requisitos del perfil solicitado.
Para acceder a las
ofertas de empleo pulse
aquí. |